La responsabilidad civil derivada de delito : con especial referencia a su tratamiento en la reforma del código penal
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La responsabilidad civil derivada de delito : con especial referencia a su tratamiento en la reforma del código penal
Resumen
Existen tres clases de culpa en sentido amplio: a) la contractual, que implica una relación jurídica o contrato preexistente entre el autor del hecho culposo y el sujeto pasivo de dicho hacer; b) la extracontractual, que no nace del deber recíproco que el contrato impone a las partes, dada la ausencia de éste, sino del respeto que a cada ciudadano debe merecer el derecho ajeno, que nos obliga a no dañarlo, con ocasión del ejercicio de nuestros propios actos, y, c) la nacida de delito, declarada y sancionada previamente por un Tribunal penal que origina una responsabilidad civil subsidiaria de la penal.
Tomado del texto original
Fecha de reseña: 28/06/2016
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